Si alquilaste tu casa, departamento, local comercial, terreno o incluso el campo, y el inquilino dejó de pagarte el alquiler y/o se niega a desocupar la propiedad,
tenés derecho a recuperar tanto el dinero adeudado, como tu inmueble.
Cuando estamos ante esta situación, lo que se suele hacer es enviar una carta documento de INTIMACIÓN FORMAL AL PAGO bajo apercibimiento de rescindir
el contrato y proceder a la desocupación, o directamente DAR POR RESCINDIDO EL CONTRATO pidiendo la desocupación inmediata del inmueble. En ella se
exige el pago de la deuda y/o recisión del contrato y/o el abandono inmediato del inmueble. Este documento es clave para demostrar el incumplimiento del
inquilino y puede servir como prueba en un eventual juicio.
Si el inquilino no responde ni se retira, se debe iniciar una ACCIÓN JUDICIAL DE DESALOJO. Este proceso permite que un Juez ordene el desalojo y, de ser
necesario, se recurra a la fuerza pública para recuperar la propiedad. Es importante tener presente que el desalojo puede ser pedido tanto por el propietario,
como por: el condómino, herederos, locador, locatario principal, usufructuario, usuario, poseedor, comodante, administrador de la sucesión, legatarios,
mandato, consorcio de propietarios, donatarios, dador, entre otros casos.
A su vez, también podes iniciar una DEMANDA contra el inquilino si: adeuda meses de alquiler y/o realizó daños en la propiedad (rotura de cosas; desaparición
de muebles; humedad o problemas estructurales derivados del mal uso de la propiedad, entre otros), y/o no cumplió con lo estipulado en el contrato (no realizó
arreglos básicos estipulados como pueden ser plomería, pintura o electricidad; realizó modificaciones estructurales no autorizadas a la propiedad) y/o dejó
deudas (no pagó los servicios a su cargo: luz, agua, gas, expensas, entre otras).
Si te encontrás en esta situación, no esperes a que el problema se agrave. Es fundamental actuar con rapidez y seguir los pasos legales adecuados para recuperar
tu propiedad y evitar mayores perjuicios económicos.